Considerando la institución municipal como unidad básica de la organización social, es difícil señalar el lugar y momento exacto de su nacimiento. No obstante, es posible buscar en la historia de la humanidad instituciones políticas que en su naturaleza reúnen las características de los municipios.
En este orden de ideas, podemos identificar, en el Imperio Romano, una forma de organización política que permitía a los habitantes de las ciudades conquistadas dotarse de una organización propia a pesar de carecer de derechos políticos, pero manteniendo clara conciencia de la dominación romana. Una vez adherido un territorio al Imperio, por medio de una alianza se constituía en él un municipium, que puede definirse como <<un sujeto de derecho privado, origen de la persona jurídica actual, dotado de
la facultad de adquirir bienes y derechos, así como de contraer obligaciones>> Entre sus funciones principales podemos mencionar la formación de leyes, la seguridad e higiene pública, la fiscalización de espectáculos y juegos públicos, el control financiero por medio de un sistema de recaudación de tributos, etcétera.
Así se formaban en estos territorios gobiernos locales, cuyas facultades se ejercían sobre una jurisdicción determinada. Dichos gobiernos locales se caracterizaban por su autonomía, que permitía a sus habitantes elegir a sus magistrados. Esta institución pública, dotada de una estructura y patrimonio propio y dedicada a la prestación de servicios, presenta como elementos constitutivos a los siguientes: el territorio, el pueblo representado por su Asamblea General, una organización o cuerpo deliberante (curia con sus magistrados) y el culto de los dioses. La combinación de estos elementos era distinta en cada una de las provincias romanas, las que gozaban de libertad para determinar su forma de organización, sin perjuicio de lo cual se podía identificar en todas ellas su presencia. Es así como surge una organización con vida independiente que adquiere personalidad propia.
Con la caída del Imperio Romano de occidente en manos de los pueblos germánicos, se produce una transformación radical del municipio romano, sobre todo respecto a su carácter urbano. Los germanos daban mayor importancia a la vida rural e impusieron su sello a los municipios, el que se fue consolidando durante toda la Edad Media con un carácter feudalista, al señor del castillo quien dotaba a un grupo de individuos de la potestad de autoadministrarse una vez comprometido el pago de tributos. Fue así como se formaron comunidades o asociaciones locales caracterizadas por la particularidad y diversidad de su organización, que buscaron en su seno la satisfacción de necesidades comunes, sobre todo las de protección ante la falta de seguridad existente en la época. Las dificultades y el aislamiento generaron un sentimiento comunal al interior de los asentamientos que los hizo trabajar en forma coordinada, a fin de suministrarse las condiciones adecuadas para una vida común y prospera. De esta forma nace el concepto de comuna, distinto y menos evolucionado del municipio romano, pero con el cual identificamos características semejantes.
Se trata de << una asociación en la cual todos sus miembros, se comprometían mediante un juramento a preservar la paz común, a defender las libertades comunes y a obedecer a <<funcionarios>> igualmente comunes >>.
Estas comunidades definían sus propias normas. Entre sus funcionarios y los ciudadanos se generaba una relación de iguales muy distinto a la relación feudal propia de la época, en la que el vasallo, de una condición inferior, le juraba lealtad al señor. Las comunas, cuya existencia data de (1143-1398) la Comuna de Roma por ejemplo fue un régimen político ciudadano y semiautónomo, instaurado en la ciudad del mismo nombre, cuya aparición cabe inscribir dentro del proceso de constitución de comunas urbanas en el norte de Italia, como entidad político administrativa, la Comuna de Roma, con sede física en la Colina Capitolina, estando constituida por órganos del gobierno y de representación (Arengum o Parlementum, Senado y Consejo). Las comunas funcionaban a través de asambleas que elegían los diferentes cargos comunales, destacándose entre ellos al major villae o
alcalde. La ley consuetudinaria se fue elaborando bajo esta organización, convirtiéndose en la célula primaria de las organizaciones comunales futuras, cuyo desarrollo no solo fue prerrogativa de Europa sino de todo el mundo.
Las comunidades alcanzaron un alto grado de autonomía política. Siempre integradas en un orden político superior, como condición sine qua non de la institución municipal, lograron de esa forma un equilibrio en la distribución del poder que se reflejó en los denominados fueros municipales, auténticas cartas, al más puro estilo de nuestras actuales leyes municipales, en las que se reflejaban los derechos y normas jurídicas que regulaban a la localidad y su relación con la organización política superior.
El auge de la organización municipal coincide con la época de las cruzadas a Tierra Santa, entre los siglos X y XI d. C. El fervor religioso de muchos nobles los endeudo y obligo a vender sus pertenencias y privilegios para financiar las costosas expediciones, siendo muchas veces las ciudades las que, en base a las ganancias del comercio, pudieron hacerse acreedoras de estas prerrogativas, organizándose en gobiernos locales que les liberaron de la opresión de la nobleza. Gracias a este nuevo sistema de organización se aseguró la libertad e igualdad de los habitantes de las
ciudades y un ambiente seguro para el desarrollo de sus actividades comerciales. Esta nueva organización de las ciudades trajo consigo un crecimiento de la industria y de las artes, cuyos buenos resultados fueron sinónimo de esplendor y desarrollo, siendo su ejemplo seguido por muchas otras ciudades.
En este orden de cosas nació el concepto de vecinos, generando, para los individuos que lo detentaban, un vínculo de pertenencia al municipio y una serie de derechos y obligaciones reciprocas que fortalecieron el sistema y pusieron en aprietos a la monarquía. Los reyes lucharon por contrarrestar el auge de esta institución, teniendo muchas veces que ceder en sus pretensiones, como ocurrió en Italia, donde el acuerdo de Constanza (de 1183 d. C.) confirmo a las ciudades todos sus privilegios, (Ponce Jorquera, 1946). Fue en esta época que los municipios alcanzan la conformación que los caracteriza hasta nuestros días, naciendo junto a él diversos organismos y sistemas de administración de policía y de justicia.
El desarrollo de la comuna estuvo muy vinculado al desarrollo de las ciudades (burgos, por ejemplo), las que crecieron gracias al auge del comercio y la artesanía. Las ciudades incluso se convirtieron en
sinónimo de libertad, al conceder esa prerrogativa a quienes residían en ellas por más de un año. Es así como el concepto comuna crece y se desarrolla en las ciudades, pudiendo definírseles, por tanto, como aquella aglomeración de personas asentadas en un territorio determinado, provista de normas comunes, de una autoridad administrativa común y de plena autonomía en los asuntos locales. Este sistema de gobierno local debe su organización a la reunión espontánea de los habitantes de una localidad y no al sometimiento de una autoridad superior. Ese es el auténtico y verdadero origen de los MUNICIPIOS. Lo anterior no obsta a que, con el fortalecimiento de los estados nacionales, los municipios fueran integrados y sometidos a la estructura de la administración central, con el fin de coordinar el actuar de la administración y cumplir adecuadamente las funciones de gobierno. Ello no significa desconocer el rol del gobierno local, sino tan solo adecuar su funcionamiento a las condiciones y demandas sociales de una época determinada. El municipio se convierte así en la gran base de la organización social, a la que recurren los habitantes de una localidad en caso de no contar con otra forma de organización superior.
El fortalecimiento de los estados nacionales en los siglos XVII y XVIII coincide con el decaimiento del poder municipal, toda vez que los gobiernos municipales autónomos pasaron a formar parte de la administración estatal, quedando sometidos al control, jerarquía y dependencia del monarca. Muchos de los privilegios que caracterizaron al sistema municipal durante la Edad Media vieron su fin en manos de un monarca absoluto que, buscando la unidad y uniformidad en la administración de su reino, sometió a los municipios a su autoridad. Otra de la decadencia del municipio medieval es la creciente complejidad de la vida municipal, que impidió el ejercicio de la democracia directa y de las instituciones que tenían un marcado nivel de participación ciudadana.
Apreciados lectores, el conocimiento de nuestros antes pasados referente al municipio, nos hará sentir el compromiso de formar parte en la construcción de nuestro presente, pensando en lo grande de un trasformador futuro para nuestro municipio, como parte insoslayable de la sociedad venezolana, hagamos pues del Municipio Venezolano, la unidad primaria de
la organización nacional de la que habla nuestra constitución y convirtámoslo en localidades dignas, con ciudadanos que estén orgullosos de vivir en Municipios que sean administrados por gobernantes que sientan el fervor de la Autonomía que supone entre otras cosas en particular, cuanto tenga relación con sus bienes e ingresos y con las materias propias de la vida local, tales como urbanismo, abasto, circulación, educación, cultura, deporte, salubridad, asistencia social, instituto populares de crédito, turismo y policía municipal.
SIGAMOS AVANZANDO…………………………………………