-El 15 de marzo de 2022, fue publicado en la Gaceta Oficial Nº 6.691 Extraordinario, el Decreto Presidencial Nº 4.653, mediante el cual se estableció un aumento del salario mínimo mensual obligatorio para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado en todo el territorio nacional.
El salario mínimo mensual obligatorio se fija en la cantidad de Bolívares Ciento Treinta Bolívares sin céntimos (Bs. 130,00) mensuales, según lo establecido en el artículo 1 del mencionado Decreto.
En el caso de los adolescentes aprendices, se establece un salario mínimo de Bolívares Noventa y Siete Bolívares con Cincuenta céntimos (Bs. 97,50) mensuales, según lo establecido en el artículo 2.
Se establece además que el monto de las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública Nacional y del Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS) será el salario mínimo obligatorio establecido en el artículo 1 del presente Decreto.
Noticia al Día