El Coordinador de la MUD, Omar Barboza, declaró la noche del 28 de julio que contaban con el 30 % de las actas. Luego MCM denunció que se les estaba negando copia del acta a sus testigos y que apenas tenían el 45 %. A través de un intenso operativo pudieron completar más más del 80% de las actas, 45 % son las copias impresas entregadas a los testigos de los Comanditos y el resto son copias escaneadas recibidas por miembros de mesa y otras vías. La PUD ha publicado todas estas copias en el sitio web habilitado, pero hay que tener en cuenta que un alto porcentaje no son copias impresas sino copias escaneadas que pudieron ser deliberadamente alteradas y enviadas al Comando de EGU-MCM para ensuciar la base de datos, tal como ocurrió con las planillas del referendo revocatorio.
¿Quién y cómo puede verificar la autenticidad de las actas? ¿A cuáles actas se van a parecer las que publique el CNE? ¿A las entregadas por el PSUV o a las publicadas por EGU en la web? ¿Cuál puede ser la decisión del TSJ?
La judicialización del proceso electoral
Los resultados de las actas deben reflejar los resultados de la votación registrados en las mesas de sufragio. En teoría, estos resultados deben ser los mismos en las actas de la oposición que en las actas del oficialismo. Y, totalizarlos, deben coincidir con los anunciados por el CNE.
Para no generar dudas sobre el verdadero ganador de las Presidenciales del 28-J, el CNE debió publicar las actas originales, pero no lo hizo. Y sin las actas del CNE no se puede realizar la auditoría y certificación de los resultados. Solo con unos resultados que puedan estar sustentados con los votos que realmente fueron depositados en todas y cada una de las urnas es que puede surgir un gobierno legítimo que cuenta con el apoyo de la soberanía nacional ejercida a través del voto.
A fin de enfrentar las denuncias de fraude electoral, el candidato Nicolás Maduro Moros presentó un recurso contencioso ante el TSJ para que sea su Sala Electoral la que dirima y aclare este asunto. Este recurso convierte el proceso electoral en un proceso judicial y reduce las competencias del CNE, que en adelante prácticamente queda subordinado a la Sala Electoral del TSJ. Una vez que el TSJ dicte sentencia, el tema de las actas quedará como cosa juzgada. Y si la oposición apela esta decisión, la próxima y última instancia será la Sala Constitucional.
La Sala Electoral del TSJ ha solicitado a cada candidato presentar las actas. Atendiendo a esta citación, los representantes de los partidos políticos y sus candidatos acudieron al máximo tribunal para dejar sentada su posición sobre los resultados electorales del 28 de julio. Edmundo González Urrutia (EGU) no acudió al TSJ con el argumento de no convalidar la usurpación de funciones del CNE por parte del TSJ y para evitar el desconocimiento de la voluntad popular.
La Sala Electoral cita a los partidos políticos para que presenten las actas con las que se atribuyen el triunfo, pero la carga de la prueba no debe recaer en los partidos sino en el CNE, que es quien debe demostrar, sin lugar a dudas, cuál fue el candidato que resultó ganador.
La Ley obliga al CNE a publicar los resultados discriminados por mesa, centro de votación, municipio y estado para verificar las cifras que cada candidato tiene a través de las copias que son entregadas a sus testigos. Las copias que recopiló la PUD ya están publicadas en la web y dan como ganador a EGU. Para demostrar que este resultado es falso, el CNE tiene que mostrar las actas que sustenten y den soporte a los resultados totales que dan como ganador a Nicolás Maduro.
Pero pasado tanto tiempo después de los comicios, si el CNE publica las actas y estas no coinciden con las presentadas por EGU, cobrará fuerza la tesis de que las actas fueron alteradas, seguirán las denuncias de fraude y el resultado anunciado por el CNE no será reconocido ni aceptado. Recordemos que el propio presidente del CNE denunció que el sistema de transmisión fue hackeado e hizo pensar que las actas fueron afectadas.
Declarar inauditables los resultados y repetir la elección presidencial
Insistir en la publicación de las actas cada vez tiene menos sentido. La demora del CNE alimenta las sospechas de que fueron alteradas. ¿Quién y cómo puede verificar la autenticidad de las actas? ¿A cuáles actas se van a parecer las que publique el CNE? ¿A las entregadas por el PSUV o a las publicadas por EGU en la web? ¿Cuál puede ser la decisión del TSJ?
Sin las auditorías tecnológicas y ante la demora en publicar los resultados mesa por mesa que respalden el boletín final del CNE, las dudas y sospechan se acrecientan porque se ha perdido la transparencia y seguridad sobre la cadena de custodia de las bases de datos, las actas impresas y las urnas con las boletas.
Ante tantas irregularidades, cuando el TSJ revise y compare las actas, si las presentadas por Nicolás Maduro se parecen más a las del CNE que las publicadas por Edmundo González, la oposición tendrá razones para denunciar que se alteraron las actas y que se ha consumado el fraude electoral. Por lo tanto, ni la publicación de las actas por el CNE, ni la revisión y decisión del TSJ despejara las dudas sobre la autenticidad de las actas. Cualquier decisión que se tome en torno a las actas no sería creíble y no resolvería el conflicto.
La situación planteada está plagada de dudas. Pareciera que va a ser difícil disponer de información realmente creíble, precisa y certera de los resultados de las elecciones presidenciales del 28 de julio. Por lo tanto, cualquier decisión que se tome no sería creíble y no resolvería el conflicto. Sería mucho más creíble un reconteo manual de los votos -con testigos nacionales y observación internacional- en todas y cada una de las urnas para poder comparar el resultado de cada reconteo con las actas que cada candidato tiene de esa mesa electoral. Este reconteo permitirá verificar cuál es el acta verdadera y anunciar unos resultados que realmente reflejen la voluntad popular. Pero si esto tampoco fuera posible, la última opción para despejar las dudas de un fraude y conjurar la amenaza de una creciente conflictividad poselectoral que haga ingobernable al país, es declarar inauditables los resultados, anular los comicios del 28-J y convocar una nueva elección.
Víctor Álvarez R. / @victoralvarezr